Ampliación del Aviso de Operación para la Venta de Licores

Cuando un establecimiento comercial desea incorporar la venta de licores dentro de sus actividades, debe realizar una ampliación en su aviso de operación ante Panamá Emprende. Este procedimiento es obligatorio para garantizar que la actividad se ajuste a las normativas legales, comerciales y de zonificación urbana, especialmente si se trata de una actividad regulada.

Incluir esta actividad requiere una verificación minuciosa del local y del entorno, así como la presentación de documentos que respalden la legalidad y viabilidad del negocio ante las entidades correspondientes.

Requisitos:

  • Formulario original y copia para la solicitud.
  • Copia de la cédula del representante legal de la sociedad.
  • Poder notariado del abogado, incluyendo copia de su cédula e idoneidad profesional.
  • Certificación vigente de la sociedad emitida por el Registro Público.
  • Copia del aviso de operación principal y de la sucursal (en caso de que aplique).
  • Certificación de zonificación y uso de suelo emitida por el MIVIOT.
  • Croquis de ubicación y fotografías del local comercial.
  • Permiso del centro comercial o plaza, si el establecimiento está ubicado dentro de alguno.
  • Resolución emitida por el municipio correspondiente, si se trata de una actividad regulada.
  • El local debe estar completamente adecuado al momento de la inspección para validar su funcionamiento.

El tiempo estimado para este trámite es de 1 a 2 meses, siempre y cuando se entregue la documentación en forma completa y correcta.

Realizar esta ampliación no solo permite la venta legal de licores, sino que también previene sanciones y garantiza la seguridad jurídica del negocio, especialmente en un rubro tan controlado como la comercialización de bebidas alcohólicas.

Fundamento legal: Ley N.° 5 del 11 de febrero de 2007.

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