La inscripción de empresas que utilizan alcohol etílico como materia prima ante el Consejo Nacional para la Prevención de Delitos Relacionados con Drogas (CONAPRED) es obligatoria para garantizar el control de sustancias químicas.
Requisitos:
- Solicitud firmada por el representante legal.
- Proyección de consumo anual de sustancias.
- Copia de cédula del representante legal.
- Copia notariada del certificado de registro público.
- Copia notariada del aviso de operación.
- Formularios completos según lo requerido.
- Copia del certificado de idoneidad del químico regente expedido por la Junta Técnica Nacional de Química (JTNQ), junto con copia del certificado de estudios, cédula y carnet.
- Carta notariada que autoriza a una persona para representar a la empresa (si aplica).
- Registro sanitario (en caso de manufactura de jabones).
- Visita aprobada por funcionarios de la UCQ.
- Etiquetado e identificación en los recipientes de sustancias químicas.
- Medidas de seguridad personal e industrial en el establecimiento.
- La regencia del local tiene un cargo mensual aproximado de 100 dólares.
Cumplir con este registro es esencial para evitar sanciones legales y garantizar un uso controlado del alcohol etílico en procesos industriales.
Base legal: Ley N° 19 del 13 de junio de 2005.