Para poder distribuir o almacenar productos cosméticos dentro del territorio panameño, es obligatorio contar con una licencia de operación emitida por la Dirección Nacional de Farmacias y Drogas del Ministerio de Salud (MINSA). Este permiso valida que la empresa cumple con los lineamientos establecidos por la legislación vigente y está habilitada para operar en el sector salud.
Requisitos:
- Aviso de Operación emitido por el MICI.
- Certificado de Registro Público vigente de la sociedad.
- Copia de la cédula del representante legal de la empresa.
- Información detallada del establecimiento donde se desarrollarán las actividades.
Esta licencia se regula bajo el marco legal de la Ley 419 de 1 de febrero de 2024, que establece las disposiciones aplicables a medicamentos, dispositivos, insumos y otros productos para la salud humana, incluyendo los cosméticos.
Contar con esta licencia es clave para garantizar el cumplimiento normativo en un mercado altamente regulado, evitando sanciones y asegurando la confianza de los clientes y entidades fiscalizadoras.