Las empresas que ofrecen servicios de fumigación y control de plagas deben cumplir estrictos requisitos sanitarios para operar de manera legal en Panamá. Obtener el permiso sanitario no solo es una obligación regulatoria, sino también una garantía para los clientes de que el servicio se presta bajo condiciones técnicas, higiénicas y profesionales adecuadas.
Este permiso es emitido por el Ministerio de Salud (MINSA) y su aprobación depende de la verificación completa de infraestructura, personal capacitado y documentación actualizada.
Requisitos:
- Memorial de solicitud.
- Formulario de solicitud de permiso sanitario para empresa controladora de plagas.
- Copia del certificado de registro público.
- Copia de la cédula del representante legal.
- Copia del aviso de operaciones.
- Copia de la cédula de identidad personal de los operarios.
- Copia de la cédula de identidad personal del asesor técnico.
- Copia del diploma y del certificado de idoneidad del asesor técnico.
- Copia de los planos aprobados de la infraestructura (debidamente aprobados por Ventanilla Única de Salud).
- Copia de los resultados de los exámenes de colinesterasa de todos los operarios.
- Copia del carnet blanco y verde de los operarios.
- Copia del folleto informativo al público (brochure y orden de trabajo).
- Copia del registro de operaciones actualizado (cada 2 meses).
- Copia de las certificaciones de capacitaciones en gestión integral de plaguicidas (actualizadas en los últimos 5 años).
- Nota firmada por el asesor técnico certificando que los equipos utilizados cumplen con la normativa vigente.
- Fotografías laterales, trasera y de ambos lados del vehículo utilizado, junto con el registro vehicular.
- Copia de la resolución anterior que otorgó el permiso sanitario, en caso de renovación.
El tiempo estimado para obtener este permiso oscila entre 2 a 4 meses, siempre y cuando toda la documentación se encuentre en orden.
Obtener este permiso es esencial para garantizar la legalidad de la operación y la confianza del mercado. Además, permite a la empresa demostrar su compromiso con la salud pública y el cumplimiento técnico de sus servicios.
Fundamento legal: Decreto Ejecutivo N° 386 del 4 de septiembre de 1997.