Registro Sanitario De Alimentos Para Animales: Todo Lo Que Necesitas Para Ingresar Al Mercado Formal

Registrar un medicamento en Panamá es un proceso obligatorio y riguroso que garantiza que los productos farmacéuticos cumplan con los estándares de calidad, eficacia y seguridad antes de ser comercializados. Este trámite se realiza ante la Dirección Nacional de Farmacias y Drogas (DNFD) del Ministerio de Salud, bajo lo establecido por la Ley 419 del 1 de febrero de 2024.

A continuación, se detallan los requisitos necesarios para gestionar el registro sanitario de medicamentos en el país.

Requisitos para el Registro Sanitario de Medicamentos

  1. Solicitud formal de registro sanitario.
  2. Original o copia autenticada de la autorización del titular que permita a la empresa realizar el trámite.
  3. Poder notariado del abogado responsable del trámite.
  4. Comprobante de pago de la tasa correspondiente al servicio de registro sanitario.
  5. Certificado de Libre Venta emitido por la autoridad sanitaria del país de procedencia del producto.
  6. Certificado de Buenas Prácticas de Manufactura del laboratorio fabricante.
  7. Fórmula cualitativa y cuantitativa del medicamento.
  8. Control previo de verificación de calidad, cuando aplique.
  9. Patrones analíticos, si son requeridos.
  10. Certificado de análisis del producto terminado.
  11. Especificaciones técnicas del producto final.
  12. Método de análisis previamente verificado por el laboratorio de referencia autorizado por la DNFD.
  13. Etiquetas originales o proyectos de etiquetas, muestras de envases e inserto (cuando aplique).
  14. Muestras físicas del producto a registrar.
  15. Detalle del sistema de codificación del lote.
  16. Protocolo, resultados y conclusiones del estudio de estabilidad del producto.
  17. Monografía del producto, con base en farmacopéias oficiales o reconocidas.
  18. Estudios clínicos en caso de productos innovadores o con nuevas indicaciones terapéuticas.
  19. Ficha técnica del producto con información sobre su disposición y distribución.
  20. Declaración jurada que confirme que el producto a registrar y comercializar en Panamá es el mismo en cuanto a formulación y proceso de fabricación que el descrito en el certificado farmacéutico o en el Certificado de Libre Venta.
  21. Si el producto requiere análisis especiales por parte del Instituto Especializado de Análisis (IEA), estos generarán un costo adicional.

Este proceso está amparado por la Ley 419 del 1 de febrero de 2024, que regula los medicamentos y otros productos para la salud humana. Esta legislación establece las condiciones necesarias para autorizar su fabricación, importación, registro, comercialización y adquisición pública, así como los requisitos técnicos exigidos por la Dirección Nacional de Farmacias y Drogas.

Conclusión

El registro sanitario de medicamentos en Panamá es un procedimiento técnico y normativo que requiere documentación detallada y validada. Su cumplimiento es esencial para asegurar el acceso de la población a productos farmacéuticos seguros, eficaces y legalmente autorizados. Realizar este trámite con precisión y en cumplimiento de la normativa vigente evita retrasos y permite operar con respaldo legal dentro del mercado nacional.